Programa de Gestión Integral de Bienes Voluminosos en Desuso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Enviamos en adjunto la resolución APRA 240/2014 del día 6 de junio por medio de la cual se crea el Programa de Gestión Integral de Bienes Voluminosos en Desuso.
(i) BVD alcanzados. Los BVD incluyen muebles (mesas, sillas, camas, escritorios, bibliotecas), aparatos eléctricos o electrónicos de gran volumen, aparatos de funcionamiento a gas de gran volumen, elementos o materiales de construcción, estructuras, ladrillos, vigas, perfiles de hierro, alambre de fardo, revestimientos, baldosas, mosaicos, lajas, alfombras, cubiertas, chapas mayores a 1 m2, membranas por rollo, tejas, aberturas (puertas y ventanas), cocina (bajo-mesadas, alacenas, bachas, grifería), baño, sanitarios y griferías (lavatorios, inodoros, bidets, mamparas, bañeras, cañerías, etc. excluyendo bañaderas de fundición), enseres domésticos o asimilables de gran volumen (por ejemplo colchones).
(ii) RAEE. Residuos peligrosos. La Resolución establece que “en el caso de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs) quien realice las actividades de desarme, separación y recuperación de sus componentes en forma previa al tratamiento y/o disposición final de los mismos será considerado generador de residuos peligrosos, debiendo encontrarse inscripto en los registros correspondientes de acuerdo a la legislación vigente aplicable. Este generador deberá asegurarse de que estos residuos reciban un tratamiento adecuado por parte de un operador de residuos peligrosos habilitado.” (punto IV 3 del anexo).
(iii) Responsabilidad extendida del productor. La Resolución establece: “La Autoridad de Aplicación podrá celebrar convenios con diferentes productores, importadores, distribuidores o comercializadores de Bienes Voluminosos a fin de acordar su participación en el presente Programa, en aplicación del Principio de Responsabilidad Extendida del Productor. Ello en concordancia con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 1854.” (punto V del anexo)
(iv) Prueba piloto. La Resolución establece que para una primera etapa de implementación del programa la autoridad de aplicación podrá desarrollar una prueba piloto para la gestión de determinados BVD en ciertas áreas geográficas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de poder analizar y ajustar el funcionamiento del mismo de acuerdo con los resultados obtenidos (punto VII del anexo).

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